Los límites del Estado de las Autonomías y el Estado-Nación Síntomas de agotamiento de un modelo

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Edurne Bagué

CIESAS, CDMX[1]

El punto de partida donde se sitúa este artículo es el momento actual del conflicto abierto entre Catalunya y el Estado Español. Sobretodo, a partir del día 1-O, día en que se celebró el referéndum cuyo resultado daba paso a la Declaración Unilateral de Independencia (DUI). Ese día se produjo un rompimiento muy profundo entre la sociedad catalana y el marco de referencia del Estado Español. Fue tan elevado el nivel de insurrección que supuso el acto del referéndum, como de emancipación de la población catalana respecto del resto del Estado Español. Algo se rompió. Según Badiou (1998), el 1-O fue un acontecimiento. Un hecho o una acción que supone un parteaguas a partir del cual es imposible volver al escenario anterior. Esto se debió en buena medida a la evidencia del abuso de autoridad -y violencia explícita- que el Estado ejerció sobre la población, por la falta de respeto, menosprecio y despotismo que se ha desatado y que duele. Duele tanto, que provoca cismas, desconocimiento mutuo y distancia en el seno de la sociedad catalana. Estos hechos han puesto en evidencia los límites del proyecto de las autonomías y habrá que ver si es realmente factible otro cierre en falso en clave autonómica.

La relevancia de la llamada Transición democrática (1978) y los límites del Estado de las Autonomías.

Entre el 1975 y el 1978 España vivió el proceso conocido como Transición Democrática, en el que se apostó por el equilibrio de quienes querían mantener intactos los pilares de una estructura institucional fuertemente centralizada, La finalidad de la Transición era crear un sistema jerárquico y concentrado pero con apariencia descentralizada y abierta. Esto se hizo por medio de la ampliación de las competencias de los gobiernos autonómicos[2] aunque esta opción de partida ya contenía intrínsecos sus límites puesto que no se trataba de una propuesta de estructura federal o confederal real. Sin embargo en ese momento, final de la Dictadura de Franco, permitía salir del paso.[3]

Así pues, la propuesta del Estado de las Autonomías partía de negar la existencia de un debate histórico y estructural permitiendo emplazar el incómodo debate para tiempos mejores. Pero tarde o temprano hay que enfrentarse a los problemas y resolverlos de frente, por lo tanto, tomar las decisiones. Los años han pasado y los límites han quedado expuestos y se han traducido en el conflicto que hoy se ha abierto en Catalunya.

Ahora bien, desde la Transición a nuestros días, y de forma más clara a principios de los 2000, el Gobierno central, por medio de los presupuestos y de la implantación de los ajustes correctores del déficit y de la deuda, inició una tendencia recentralizadora. Con ello el Estado mostraba el peso y el valor que le daba a las autonomías y por consiguiente su posicionamiento frente al debate no resuelto décadas atrás. Con la recentralización, las administraciones mantenían las competencias, pero éstas fueron vaciadas de su capacidad real de decisión al verse atadas y sujetas al cumplimento de los nuevos requisitos estipulados por los órganos del gobierno central. Es decir, de facto vieron reducido el ejercicio de la autonomía dejando casi anuladas las competencias autonómicas. Con esto se abandonaba el equilibrio que había caracterizado el periodo de la Transición y se abría la puerta al debate pendiente.

Por otro lado, esta tendencia recentralizadora, reforzó los anhelos de más autogobierno, o sea más autonomía. Cuanta más recentralización, más posicionamientos en pos de la defensa de la autonomía se daban para evitar esa pérdida de las competencias y del autogobierno a todos los niveles, con la emergencia del municipalismo y del conflicto catalán.

El Procés

En este contexto es que debemos situar los hechos que dan origen a esta última etapa del proceso de tensión reciente entre Catalunya y España que tuvo su inicio cuando en el 2004 cuando se planteó la reforma del Estatut d’Autonomia del 1979.

En 2005 se presentó al Congreso de los Diputados la propuesta de modificación del Estatut d’Autonomia elaborado por el Parlament de Catalunya, con el objetivo de adaptarlo a la nueva realidad, pues ya se estaba en el siglo XXI. Los cambios que realizaban desde un “escrupuloso respeto al marco legal, con voluntad de encaje constitucional y con un amplio consenso de casi el 90 por ciento de los representantes legítimos del pueblo de Catalunya”[4]. Desde las instancias de gobierno del Estado Español, esa propuesta fue recortada de forma substancial y finalmente la última versión aprobada por parte del Gobierno Central fue sujeta a referéndum en Catalanya, para ratificarlo. Después de su aprobación, algunos líderes políticos y el Partido Popular (PP) emprendieron una campaña por toda España para conseguir tramitar un recurso al Tribunal Constitucional (TC). El recurso fue admitido a trámite y su sentencia fue emitida en verano del 2010. El TC consideraba que los cambios contenidos en la propuesta rebasaban los márgenes de autonomía contenidos en la Constitución de 1978.

A partir de ese momento, y ya con los primeros efectos de la crisis, aparecieron iniciativas desde la sociedad catalana para luchar por el derecho a decidir y poner remedio al agravio. Empezaron las grandes manifestaciones, la aparición de la Assemblea Nacional Catalana (ANC), una primera tentativa de referéndum el 9N de 2014 y unas primeras elecciones plebiscitarias en septiembre de 2015. Es lo que se conoce como el Procés, que ha tenido el mayor momento de impacto con el referéndum del día 1-O de 2017, llas huelgas del 3-O y el 8N y la DUI del 27-O

Ya en 2012 Jaime Pastor alertaba sobre los límites del proyecto de la Transición que es el Estado de las Autonomías. Eran los primeros años que seguían a la sentencia emitida por el TC, que dejaba los márgenes de la autonomía de Catalunya por debajo de los adquiridos durante las negociaciones de la Transición. Era la confirmación de que se había roto el consenso del equilibrio y que el Estado apostaba por asegurar su control con el despliegue de la recentralización. Emergía de forma clara el alma y la naturaleza centralista del Estado Español o en expresión de Grosfoguel (2018), imperial-colonial.

Había llegado el momento en el que se empezaron a tomar aquellas decisiones que habían quedado cerradas en falso. Esto abrió el escenario de conflicto y puso en evidencia los límites del contenido de la propuesta. Una propuesta que pecaba de lo que atraviesa todo el período de la Transición: el techo en los límites y la no ruptura con la Dictadura de Franco.

Las bases de un conflicto histórico y profundo

Sin embargo, para comprender el conflicto catalán hay que ir más atrás en el tiempo. Su origen lo encontramos en el alcance social que tuvo la implantación del Decreto de Nueva Planta de 1716 como pérdida de las instituciones y que quedó enquistado con la Constitución de 1812 del nuevo estado liberal, basado en la unidad nacional de España y que se volvió a reformar con la Dictadura Franquista y la Transición.

Catalunya hasta el siglo XVIII, contaba con un sistema institucional de base municipalista articulada a partir de las universidades, que era el gobierno urbano que hubo de forma consolidada entre el siglo XII y el XVIII. Las universidades estaban formadas por los habitantes permanentes en la población y de diferente estratificación social, privilegios y obligaciones. El órgano básico de funcionamiento era el Consell general. Como apunta Fontana (2016), se dio una evolución en el sistema de gobierno entre los años 1480 y 1706 de tendencia democratizadora, según expone el autor, la misma respondía a la necesidad de hacer frente a los sucesivos ataques por parte de la monarquía de los Austria y la adaptación necesaria a la sociedad que afloraba.

El Decreto de Nueva Planta se implantó después de la Guerra de Sucesión (1701-1713) a la corona de España entre las dinastías de Habsburgo (los Austria) y Borbón y suponía la abolición de todo el sistema institucional. Según Voltes (1955), la supresión de las instituciones tenía dos motivos. Primero la doctrina centralizadora y uniformista propia del absolutismo francés y segundo el resentimiento castellano contra la Corona de Aragón. Luego, en 1812, se constituyó el estado liberal (estado-nación) que se caracterizó por una preocupación exacerbada por controlar las dinámicas municipales (Nadal, 1982), la unidad nacional y un sistema de gobierno centralista (Orduña, 1988). Se consolidaba así la eliminación de la pluralidad institucional que había caracterizado España hasta siglo XVIII. El sistema de base municipalista catalán, mediante el que se había articulado un sistema social e institucional a nivel de Principado (las universidades, la Diputación del General, el Consell de Cent y Generalitat) chocaba completamente con el nuevo sistema centralista de base Estatal que se imponía, primero con el Decreto de Nueva Planta y más tarde con la Constitución de 1812.

Los efectos sociales de la abolición de las instituciones propias

Cuando las instituciones de gobierno emanan de la capacidad de dar respuesta a las necesidades de una sociedad, son parte de un sistema social más amplio y complejo. Cuando se procede a un desmantelamiento forzado o impuesto de la esfera de gobierno, se producen alteraciones en todo el sistema, afectando a los actores sociales en su conjunto. Esto se debe al hecho de que las relaciones se dan en clave de interdependencia. En el caso catalán se produjo así una ruptura entre la esfera social y la esfera política al que se le unieron los efectos del liberalismo como modelo político basado en la diferenciación entre los espacios político y social y que se estructura desde mecanismos de representación muy filtrada y abstracta. Por lo tanto, la abolición del sistema institucional catalán supuso un estado de schock a nivel social que favoreció la fragmentación de los actores sociales de Catalunya y la aparición de la multiplicidad de los posicionamientos. La anulación del sistema institucional de gobierno marcó la línea actual de alianzas y proyectos de los distintos actores de la sociedad catalana: movimiento obrero, asociacionismo, alta burguesía o pequeña burguesía, progresistas y conservadores.

Las instituciones forman parte de la sociedad, sintetizan dinámicas, valores y principios y están en constante interdependencia con las dinámicas sociales. Son un cúmulo de tensiones, reequilibrios, conflictos y su nivel de absorción de los cambios es lento, pero no son estáticas, y siempre están vinculadas a la sociedad de la que emanan. El Decreto de Nueva Planta y después la Constitución de 1812, vinculada al contexto de la Guerra con Napoleón, supusieron un nivel de impacto tal que parecen haber borrado cualquier resquicio en el imaginario colectivo en torno al sistema institucional catalán, pareciera que todo comenzara con la Constitución de 1812. Por esto el cambio de sistema institucional en Catalunya afectó a dos niveles, municipal y de Principado a partir de la pérdida de la autonomía y la amplia capacidad de la que disfrutaban las universidades como base del todo el aparato orgánico y social, que terminó repercutiendo en la pérdida del gobierno del territorio que conformaba el Principado. Esto supuso un desmantelamiento de todo un sistema transversal de las instituciones mediante el cual se articulaba una sociedad en su conjunto. Por lo tanto, lo que está en tensión en el caso catalán son los propios pilares fundacionales de la unidad nacional de España que se consolidó con el liberalismo.

Desde los primeros años que siguieron la Constitución de 1812, encontramos de forma recurrente la emergencia de tensiones y conflictos en torno sus propias bases. Los conflictos que emergieron durante el siglo XIX y hasta la II República permiten establecer la continuidad y la reiteración de los temas y motivos, sin embargo, era otra época, y los cuestionamientos y las propuestas se dieron en otros términos, por eso, ninguna de las propuestas surgidas de los conflictos por descenctralizar, llegó al punto de cuestionar o poner en duda la base misma de la propuesta que es la unidad nacional de España, ya que todas las ellas se basaban en una lucha por la negociación de los márgenes de autonomía. En este escenario de sistema institucional centralista y del pactismo a mínimos apareció la lucha por la autonomía dentro de los márgenes de la unidad nacional de España y desde los preceptos culturales e identitarios desde sectores del propio liberalismo. Sólo desde la lucha obrera y el internacionalismo se propuso el proyecto confederal, que sería el único que, en cierto modo, pondría sobre la mesa la duda sobre la unidad nacional propia del estado-nación.

Los términos de las negociaciones hasta el Decreto de Nueva Planta se habían estado dando con un uso pleno de las instituciones, en clave de país desde el ejercicio de soberanía social, política y económica en los espacios de negociación que se habían ido dando hasta ese momento. La última respuesta en estos términos fue el posicionamiento durante la Guerra de Sucesión. A partir del siglo XIX se reescribió la historia y re formularon los hechos y sobre todo los conceptos. Las élites catalanas cambiaron el sentido del pactismo, que históricamente había practicado desde la capacidad de negociación a partir de un posicionamiento emancipado de asunción de entidad propia, cuyo objetivo era el mantenimiento del interés general como sociedad, hacia la cultura del pactismo actual, a la baja y de mínimos, que parte de la asunción de ciertos niveles de subalternidad y que busca el mantenimiento de intereses particulares (de clase) y no generales (para el conjunto de la sociedad). Este posicionamiento queda muy bien reflejado a lo largo de los siglos XIX y XX (la Restauración, la I y la II República y la Transición).

¿Crisis del Estado de las Autonomías o del modelo del Estado-Nación?

Volviendo al momento actual, los días previos al referéndum aparecieron los Comités de Defensa del Referéndum (CDR) que después pasaron a ser de Defensa de la República. Uno de los aspectos interesantes de los CDR es su carácter popular, -muy heterogéneos- y a la vez muy variados dependiendo de como es cada lugar. Hay CDR en casi todas las poblaciones de Catalunya y son estructuras completamente autónomas de cualquier actor influyente. Están conformados por votantes de todos los partidos, e incluso personas del mundo libertario, lo que nos permite calificarlos como un sistema de organización popular y de carácter asambleario y transversal. Todo esto hace que sean incontrolables, hecho que incomoda a las élites políticas -tanto catalanas como españolas- por su carácter autónomo y por lo tanto de difícil control. No es el punto aquí exponer un análisis pormenorizado de los CDR pero sí es importante destacar que este potencial autónomo sigue una lógica institucional que genera ciertos niveles de tensión en un aparato político de sino liberal de representación indirecta.

Los CDR son la primera expresión en más de tres siglos de una unión transversal y popular, en clave de país y que se concibe desde poner en duda esta supuesta unidad nacional de España. Es nuevamente la emergencia de la incomodidad de un sistema institucional que se siente ajeno e impuesto. Desde el caso concreto de Catalunya lo que se está poniendo contra las cuerdas, de forma muy inconsciente y muy intuitiva, es la duda acerca del marco de referencia sobre el que se ha escrito tanta teoría y que ha ido guiando, hasta el punto de anular cualquier sistema anterior del imaginario colectivo. Se ponen en duda las bases sobre las que se constituyó el concepto de estado-nación, entre otras cosas, porque cuando se habla de un sistema institucional que está vinculado a formas de vida y de organización social, no entran los rasgos etnicistas, sino los rasgos de carácter asociativo, democracia y derechos y su traducción en la mejora de las condiciones materiales de vida (educación, libertad de expresión, sanidad, recursos, etc), que muestra el talante de lógica interdependiente que hay entre los distintos espacios de gobierno y sociedad como parte de un sistema complejo y lleno de contradicciones, tensiones y conflictos que están en constante formación en el que aquello que no funciona se elimina.

La acumulación de fallos de tipo estructural de toda la propuesta de estado centralista desde su origen absolutista y liberal, está topando con sus límites e ineficiencias: la corrupción y los tratos de favor, el clientelismo, la falta de transparencia y los déficits democráticos cruzan todo el Estado Español, y en territorios como el catalán se unen al hecho de una conciencia clara de otra cultura institucional y política, que lo dotan aun de más peso y consistencia.

Por lo tanto, vemos que el sistema institucional actual está mostrando desde hace años sus limitaciones, y Catalunya simplemente permite entender en qué aspectos el modelo no encaja. Muy posiblemente en otras muchas partes del mundo el modelo tampoco funciona, en tanto que modelo impuesto, y más aún si aplicamos el marco decolonial y vamos a analizar los estados-nación de todos los territorios que han sido -y siguen- sujetos a las relaciones de corte colonial e imperial, ahora a través las políticas económicas extractivas.

Quizás la diferencia de estos territorios respecto al caso catalán es que Catalunya está dentro del espacio que acuñó y exportó el modelo al resto del mundo, hecho que pone en evidencia que los problemas, las incomodidades, el desconocimiento, la alienación y la imposibilidad de dar respuesta a las necesidades de la sociedad, son parte inherente del modelo. Por tanto, la evidencia de que el modelo falla.

El proceso catalán está en un momento complicado porque ante el miedo al rompimiento que este conflicto puede generar, existe el riesgo real de un nuevo cierre en falso desde las élites políticas (desde las catalanas hasta las de la Unión Europea) que responde al objetivo de mantener el status quo (Estado Español y UE). Este nuevo cierre en falso, sería con una reformulación de las competencias en clave autonomista, por lo tanto, sin traspaso de titularidad ni de instituciones soberanas propias de Catalunya. Sería una nueva Transición, con un nuevo concierto de transferencia de competencias, pero no de construcción de opciones más confederadas y plurinacionales. Se intenta salvar con este posible cierre en falso la perpetuación de un modelo, el estado-nación, que ya no funciona (si es que nunca funcionó realmente). Si esto pasara, el conflicto puede volver a emerger, cuando los márgenes vuelvan a quedar estrechos y la propia estructura centralista vuelva activar sus mecanismos de control del ejercicio de autonomía y autodeterminación. Sin embargo, las sociedad catalana -tampoco la española- son las mismas del momento de la Transición. Se han hecho reflexiones en torno la democracia y el derecho a decidir, ya no se proviene de una Dictadura, sino de un ejercicio de gobiernos democráticos y hay una clara consciencia de problemática a gran escala y descrédito de Europa como referente. Por lo tanto, aún no hay nada cerrado y todo está abierto.


Bibliografía

Badiou, A. (1998): “Introducción a El ser y el acontecimiento”, Acontecimiento Nº 16 – 1998

Díaz de Liaño, F. (1979): “Poder Municipal y democracia”

Fontana, J. (2016): La formació d’una identitat. Una història de Catalunya, Eumo Editorial.

Grosfoguel, R. (2018): “Si te posicionas del lado del Estado españolista, no te quejes”, El Salto, 27 de mayo.

Klein, N. (2008): La doctrina del shock. El auge del capitalismo del desastre. Paidós, Argentina.

Nadal, F. (1982): “Poder municipal y espacio urbano en la configuración territorial del estado liberal español (1812-1975)”, GEO-CRÍTICA, Cuadernos Críticos de Geografía Humana, n.º 37.

Orduña,E. (1988): “Centralización y descentralización en España. Persepctiva histórica”, Documentación Administrativa/ nº 214 (abril-junio).

Pastor, J. (2012): “La cuestión catalana en el marco de la crisis de régimen político Español”, Anuari del Conflicte Social.

Voltes, P. (1955): “Felipe V y los fueros de la Corona de Aragón”, Publicado en el núm. XLIII, págs. 257-366.


 

[1]  de Doctorado en Antropología Social en CIESAS CDMX, Promoción 2105-2019. La Remunicipalización del agua en Terrassa (Catalunya). La lucha de la “Taula de l’aigua” por un modelo de gestión en torno al bien común (2013-2018)

[2] En el contexto del Estado Español las diferencias entre el concepto autonómico, autonomista, autonomía y autónomo, son indicadores importantes de los niveles reales de autonomía y de capacidad de ejercicio de soberanía y autogobierno.

[3] Artículo 2 de la Constitución de 1978 que estipula la subordinación de los territorios y las naciones del Estado puesto que se tipifica la “indisoluble unidad de la nación” y el artículo 8 que especifica que el ejército tiene la misión de garantizar la soberanía e independencia de España, defender la integridad territorial y el ordenamiento constitucional.

[4] Presentación y defensa en el Congreso de la Propuesta de reforma del Estatuto de autonomía de Catalunya Madrid, 2 de noviembre de 2005