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Dolores Figueroa Romero y María Teresa Sierra
CIESAS-Ciudad de México
Guerrero es un mundo al revés. Guerrero es un estado en donde los hombres con poder arremeten cobardemente contra las mujeres que son víctimas de la violencia, hacen escarnio de su muerte y de su dolor, mancillan su memoria, las cosifican y catalogan como cómplices del crimen organizado.
Abel Barrera, 6 de marzo 2018, Chilpancingo, Gro.
Introducción
La contribución que queremos compartir con los lectores del Ichan Tecolotl es una muestra del trabajo de investigación que estamos desarrollando en la región de la Montaña de Guerrero en temas de acceso a justicia, violencia de género y documentación etnográfica de procesos de denuncia que involucran a mujeres indígenas. En específico en este ensayo queremos introducir algunas reflexiones y preocupaciones analíticas y políticas que inspiran nuestro trabajo colaborativo con defensoras de derechos humanos que despliegan toda una serie de recursos legales y activistas para acompañar a los familiares y a las mujeres indígenas que han sido violentadas física y moralmente. Nuestro énfasis está puesto en hacer legible las narrativas (la legal y la testimonial) que acompañan a los procesos de denuncia así como la intencionalidad de los actores involucrados que aspiran a evocar varios sentidos de justicia de género. En última instancia nuestro objetivo es hacer una lectura reflexiva de las violencias cotidianas y extremas que viven las mujeres indígenas al mostrar los matices y divergencias entre la defensa jurídica y las narrativas testimoniales involucradas en casos tratados, y poner énfasis en visibilizar los sentidos del agravio que se abren camino en otros espacios que van mas allá de la justicia del estado.
Tribunal por los derechos de las mujeres en Guerrero
El 6 de marzo del 2018 en la ciudad de Chilpancingo el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan organizó un evento público llamado Tribunal de Conciencia “Los rostros luminosos de la conciencia”. Para este Tribunal se convocó a gente de la sociedad civil, observadores de derechos humanos, abogados, aliados, especialistas en defensoría e integrantes del poder judicial para escuchar de viva voz el relato de las violencias y atropellos cometidos contra cuatro mujeres indígenas de la Montaña de Guerrero. El propósito de este evento fue doble: por un lado, se buscaban sensibilizar al poder judicial del estado sobre la cadena de impunidad y obstáculos sistemáticos que enfrentan las mujeres para acceder a la justicia debido a la discriminación estructural-patriarcal e institucional que rodea sus casos, y por otro, llegar a una comunidad ampliada que permita acuerpar a las mujeres afectadas y sus familias.
El Tribunal de Conciencia consistió en la comparecencia y testimonio de cuatro casos de violación a derechos humanos de mujeres indígenas por delitos de violencia obstétrica, física, sexual, patrimonial y feminicidio. El Centro de Derechos Humanos de Tlachinollan, como institución convocante, tuvo a bien invitar a defensoras de derechos humanos feministas de renombre, como Marta Dillon (activista feminista argentina), Regina Tamés Noriega (directora del Grupo de Información en Reproducción Elegida, GIRE), y Anayeli Pérez Garrido (Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio), quienes tras la exposición de los casos dieron una respuesta con base en el análisis de los acontecimientos. La dinámica del evento la marcó el equipo de Tlachinollan que invitó también a jueces y funcionarios del sistema judicial estatal y observadores de derechos humanos locales para que presenciaran la exposición y el intercambio entre los familiares de las víctimas y las especialistas feministas y tomaran nota de los errores que comúnmente cometen funcionarios del sistema de justicia.
Las palabras de inauguración del tribunal estuvieron a cargo del antropólogo Abel Barrera, quien pidió disculpas a las demandantes porque la justicia del estado no les ha resuelto debido a los vicios del sistema que aletargan y obstaculizan el resarcimiento del daño que ellas merecen y demandan. Barrera hizo especial hincapié en las ideologías racistas y patriarcales de los funcionarios y jueces que diseñan y deslegitiman pruebas, testimonios y vejaciones dificultando más aún el trabajo de defensoría hecho por defensores comprometidos. Por ello Barrera insistió en la necesidad de recurrir a otros medios y actores para canalizar y agilizar la resolución de los casos, algunos de los cuales se encuentran empantanados. Recalcó de manera crítica que la justicia es racista pues no hay perito ni juez que hable me´phaa, nasavi o nahua, y que los sentidos del agravio desde las voces de las mujeres no son debidamente oídos.
La voz de los familiares se apoyó en la abogada Neil Arias Virginio, quien atiende el área de violencia de género y dio un recuento detallado de los hechos por cada caso. Los casos presentados ante el tribunal son una selección de las demandas que cotidianamente llevan como Centro de Derechos Humanos y que responden a un patrón de violencia de género en el que prevalece la relación cercana del agresor con la víctima en contextos de alta marginalidad y despojo material. Más allá de las nociones de vulnerabilidad e indefensión naturalizadas en la mujer indígena, lo que hace Tlachinollan es fortalecer la convicción de las demandantes para poner un alto a la violencia y no aceptar los actos injustos de despojo patrimonial, agresiones físicas y sexuales o el incumplimiento de una pensión para sus hijos así como acceso a los bienes materiales que le corresponden. Los casos tratados no sólo dan cuenta de la violencia en el seno familiar, sino que también refieren graves violaciones a derechos humanos cometidos por funcionarios y servidores públicos de las instituciones del estado como en el sistema de salud y en los espacios de impartición de justicia.
Florencia y la muerte violenta
A falta de espacio para mostrar los cuatro casos presentados, nos concentraremos en incluir los elementos narrativos y delictivos del feminicidio de Florencia Sánchez Joaquín, indígena me’phaa de 24 años de edad, originaria de Loma Tuza, municipio de Acatepec, Guerrero. Su hermana y madre, Catalina Prisciliano y Flor, son las que llevan el proceso de Florencia quien el 24 de agosto de 2014 fue agredida sexualmente de manera tumultuaria y asesinada con saña por su ex pareja y otras personas de su comunidad. Hasta ese momento, el caso de Florencia es el único que se lleva como feminicidio en tribunales de la Montaña.
La abogada Neil Arias, al abrir la sesión, informó al público y a los miembros del jurado sobre los antecedentes y actos delictivos del caso: Florencia era originaria de la comunidad de Loma Tuza del municipio de Acatepec; vivió una relación de concubinato con su pareja durante 5 años y procrearon dos niñas, de 5 y 3 años de edad al momento en que fue privada de la vida. En 2014, la pareja empezó una nueva relación con otra mujer, por lo que Florencia acudió al síndico para pedir la pensión alimenticia para sus hijos. Al salir de firmar el acuerdo con el síndico, la ex pareja la amenazó de muerte; Florencia comenzó a darse cuenta de que personas desconocidas la seguían, y como ella vivía a orillas del pueblo por seguridad decidió irse a vivir junto con su mamá y abandonar el domicilio conyugal. Por la radio comunitaria supo que su ex pareja estaba buscando gente para asesinarla por 3 000 pesos. Todo ello la lleva a ir a la comisaría para denunciar su persecución en el pueblo.
El 24 de agosto de 2014, Florencia tuvo que llevar al centro de salud de la comunidad a la niña más pequeña por un problema de desnutrición. Tras la visita a la clínica una fuerte lluvia hizo que creciera el río y esto le impidió regresar con su mamá. Esa noche decidió quedarse con la niña en la que era su casa, y es cuando la ex pareja y tres hombres más la privaron de su vida en presencia de la niña pequeña. Se robaron utensilios electrodomésticos y el dinero de la pensión alimenticia. A la mañana siguiente, a las cinco de la mañana, doña Catalina y su hija Flor se presentaron en el domicilio a buscar a Florencia y vieron salir de la casa a unos hombres. El ministerio público llegó ocho horas después a la escena del crimen y el levantamiento de pruebas se hizo de manera indebida. Esto sucedió en agosto de 2014, un año después se consigna el expediente, cuando el juez del distrito judicial de Morelos gira la orden de aprehensión por el delito de feminicidio. Es hasta 2017 cuando detienen al primer agresor. El ex esposo de Florencia enfrenta en la actualidad un proceso, pero a partir de esta situación hay un clima de inseguridad, amenaza y riesgo para la familia. Se han solicitado medidas cautelares ante la Comisión de Derechos Humanos del estado, las cuales desafortunadamente no se han concretado.
Durante la sesión del Tribunal, la primera en intervenir es la hermana que tomó el micrófono para explicar con voz enérgica: “Vengo a presentar el caso de mi hermana, que sucedió el 24 de agosto. Ese día yo sentí una inmensa tristeza, al verla encontrada y muerta, y no sólo fue ella sino también una niña pequeña. Lo que yo quiero decir ahorita es que quien le hizo esto fue su propio esposo y no otra persona ajena. Y todo porque ella pedía la pensión para sus niñas, sólo fue por eso. Y él ha generado que nosotras tengamos miedo, pero han querido que nosotros callemos y que no digamos lo que pasó, y nosotras queremos estar bien y vivir bien. El síndico también supo lo que mi hermana estaba padeciendo, supo desde un inicio y nunca le hizo caso, tal vez porque somos mujeres no nos hizo caso, no escuchó nuestra palabra. Así también hay otras personas con quienes en complicidad cometió el hecho, quienes hasta ahorita siguen tratando de intimidarnos. Es por eso que yo vengo a pedir justicia, para nosotras como mujeres indígenas porque nosotras en nuestro hogar y nuestra familia somos puras mujeres nada más. Sólo hay una persona varón que está acompañándonos”.
Tras las intervenciones de Catalina y de Flor, que requirieron la traducción del me’phaa al español, participó Anayeli Pérez Garrido, del Observatorio Nacional contra el Feminicidio (ONCF), la cual se concentró en detallar las implicaciones legales del delito del feminicidio y mostrar cómo los perpetuadores actuaron con dolo. Anayeli señaló que pocas muertes violentas de mujeres son tipificadas como feminicidios en el estado de Guerrero aun cuando el código estatal ya incluye la particularidad de este delito. Más que dialogar con los familiares de Florencia y su sentido del daño, lo que hizo Anayeli fue explayarse sobre las complejidades legales de las estrategas feministas para penalizar el uso de la violencia sexual y física contra mujeres en el contexto mexicano y otros en el mundo.
El evento concluyó con unas palabras de Abel Barrera sobre la responsabilidad de los defensores y defensoras de derechos humanos en romper el ciclo de la impunidad que obstaculiza la obtención de la justicia. Barrera dijo sentirse profundamente preocupado por el regreso a casa de Flor y Catalina, no fuera a ser que los asesinos las esperen machete en mano y quieran actuar. No hay manera de impedirlo porque los aliados no están físicamente en su comunidad y porque el sistema de justicia y las autoridades no han creado ningún mecanismo que neutralice las amenazas que aún viven Catalina, Flor y sus niños.
Elementos del análisis para entender las disputas por la justicia de género desde la antropología jurídica
Como académicas y antropólogas buscamos usar los análisis apropiados para comprender los procesos de defensoría en casos de violencia de género que se encuentran en los juzgados, de tal manera que entendamos el uso de distintos lenguajes ¾legales y testimoniales¾ como la puesta en marcha de distintos recursos para la búsqueda de la justicia en contextos indígenas. Nos preguntamos de manera general ¾y en referencia a los casos ventilados en el Tribunal de Conciencia lo siguiente¾: ¿cómo el contexto de la macro-criminalidad determina la violencia de género en las comunidades de la Montaña?, ¿qué estrategias se están impulsando para sortear la impunidad y hacer justicia en los “nuevos escenarios de violencia”? Y finalmente, ¿cómo las personas afectadas articulan el sentido social del agravio en función de varios escenarios para el resarcimiento, desde los que buscan el apoyo legal, pero también quienes van más allá de la justicia del Estado?
En el campo de la antropología jurídica retomamos los trabajos de Mariana Mora (2017) y Adriana Treven (2017) que analizan desde una perspectiva feminista el desencuentro del lenguaje jurídico-legal-punitivo y las construcciones sociales del agravio. En su investigación sobre hostigamiento policiaco en la Montaña de Guerrero, Mora señala claras diferencias en cómo hombres y mujeres perciben a los factores de inseguridad. A raíz de grupos focales e intercambios con defensores, Mora denota que las voces masculinas tienen un rol hegemónico en la descripción de los actos del control policiaco. Las mujeres, al contrario, no tienen contactos directos con policías o militares, pero sí que sufren la violencia del despojo, de la falta de servicios, del tener que caminar largas distancias para tener acceso a medicinas o agua. En función de esta divergencia, Mora muestra que los defensores de derechos humanos desestiman las voces femeninas en la documentación para el litigio ya que la naturaleza discursiva de los testimonios de las mujeres, fluyen de manera no cronológica y sí marcados por la intensidad de emociones y las lógicas de cuidado de la vida doméstica (Mora, 2017: 363). Si el material de trabajo de la defensoría se compone prioritariamente de hechos y datos factuales que puedan acomodarse en las categorías legales, el hacer justicia de género requiere de un ejercicio de adecuación interpretativa a los sentidos sociales de las voces subalternas.
En otro contexto, Terven centra su análisis en la problemática de la atención a casos de mujeres indígenas en los juzgados de Cuetzalan, Puebla. Terven se enfoca en hacer sentido de los agravios experimentados por mujeres y que no necesariamente responden a la racionalidad punitiva-legal de la defensa. Los jueces que insisten en que las víctimas deben articular sus reclamos con explícitos señalamientos sobre los hechos dolosos, cuando por su parte las mujeres indígenas articulan su agravio en relación con varios factores que las vulneran de manera cotidiana, colectiva, rutinaria y que se concatenan durante largo tiempo (Terven, 2017: 97). En esos continuos de violencia, el abuso sexual tiende a no ser el único eje articulador del daño, ya que las mujeres indígenas se ven inmersas en una red de vejaciones que van mas allá de su cuerpo y que afecta a sus hijos y la comunidad completa. La recomendación de Terven es priorizar el entendimiento de la interconexión de las violencias a fin de enriquecer la mirada legal punitiva que es ciega a la densidad social de los hechos.
Por los diálogos con las abogadas de Tlachinollan pulsamos la interconexión en los casos de violencia de género que llevan. Por las defensoras sabemos que la violencia patrimonial va de la mano de otros abusos como es el psicológico, el sexual y físico. Y que los atacantes de los feminicidios son las parejas de las víctimas, que además tenían tiempo atrás de estar infligiendo daño. El caso tratado en el ensayo tiene que ver con la relación de poder entre hombres y mujeres que son jornaleros agrícolas y productores rurales, y las tensiones han escalado hasta la agresión y la muerte física de las mujeres; involucran la pelea por recursos, la pensión alimenticia para los niños, el despojo del patrimonio familiar que los hombres suelen ver como propio. ¿Cómo las ideologías patriarcales con respecto al patrimonio determinan la victimización de la mujer y la falta de acceso a justicia? Es algo que debemos preguntarnos más en base a los datos de campo y en el análisis testimonial de las víctimas y sus defensoras.
Conclusión
La justicia de género es ahora un elemento constitutivo en el trabajo de defensoría legal que realizan las abogadas del Centro de Derechos Humanos de Tlachinollan. El trabajo del equipo Tlachinollan ha sido tenaz en encontrar los resquicios legales disponibles para avanzar en la búsqueda de justicia de las mujeres indígenas que buscan su acompañamiento. Sin embargo, aún vemos que las racionalidades jurídicias y culturales diferenciadas que las defensoras de derechos humanos utilizan para construir el caso legal suelen dejar de lado las visiones de daño y sentidos de justicia de las víctimas y sus familiares.
En este ensayo quisimos mostrar la iniciativa de Tlachinollan por poner en diálogo otros recursos y visiones más allá de lo legal, como es el caso de recurrir a Tribunales de Conciencia para visibilizar la impunidad y publicitar los casos. Abogadas, feministas y demandantes de justicia deberían de compartir más espacios comunes para facilitar ejercicios públicos como el presenciado. Para el trabajo en derechos humanos es importante avanzar en la creación de estrategias de difusión pública de las violaciones graves a los derechos humanos, de tal manera que haya una mayor empatía y conciencia de la gravedad de los hechos. Las preguntas que dejamos en la mesa son las siguientes: ¿De qué maneras la defensa jurídica en contextos de graves violaciones a los derechos humanos debe de hacer valer la dimensión testimonial del agravio? ¿Cómo hacerlo de manera que las víctimas obtengan una respuesta a su agravio sin poner en riesgo su integridad personal y la de sus familiares? Esto es lo que finalmente se pone en juego en estos tribunales y que resulta ser un trabajo paralelo al proceso judicial que desarrollan las organizaciones de derechos humanos como el Centro de Derechos Humanos Tlachinollan.
Bibliografía
Mora, Mariana (2017), “Voces desde los silencios. Mujeres indígenas, seguridad y derechos frente a las violencias en la Montaña de Guerrero”, en Rachel Sieder, Exigiendo justicia y seguridad. Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina, México, CIESAS, pp. 315-398.
Terven, Adriana (2017), “Violencia doméstica y relaciones de poder. Sobre la conformación de un campo de atención en la Casa de la Mujer Indígena de Cuetzalan, Puebla”, en Rachel Sieder (ed.), Exigiendo justicia y seguridad. Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina, México, CIESAS, pp. 87-116.